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COMERCIO INTERNACIONAL: Incoterms 2020

incoterms CUADRO COMPARATIVO ENTRE
INCOTERMS 2010 E INCOTERMS 2020
CCI (Cámara de Comercio Internacional)
válido desde el 1 de enero de 2020


En el comercio internacional se ha desarrollado un idioma común, fruto de las prácticas comerciales internacionales. Determinadas disposiciones se han normalizado e incorporado a la legislación de cada país. Los Incoterms son un conjunto de reglas internacionales, de aceptación voluntaria por las partes, que determina el alcance de las cláusulas comerciales incluidas en el contrato de compraventa internacional. El propósito de los Incoterms es el de proveer un grupo de reglas internacionales para la interpretación de los términos mas usados en el Comercio internacional. Los Incoterms en su uniformidad y extensión, reducen la incertidumbre derivada de las múltiples interpretaciones que países con legislación, usos y costumbres diferentes, suelen dar a las transacciones comerciales.

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EXW (EN FÁBRICA)
INCOTERMS 2010 INCOTERMS 2020
Definición
Es el incoterm que menos obliga al vendedor, incluso los trámites aduaneros de exportación son por cuenta del comprador. La mercancía debe estar embalada y etiquetada, dispuesta para el medio de transporte elegido por el comprador. El comprador se hace cargo de todos los gastos desde el momento de la entrega, incluso de la carga en elvehículo que tenga previsto.

Uso
Significa que el vendedor cumple su obligación de entrega cuando pone la mercancía, en su establecimiento (fábrica, almacén, etc.), a disposición del comprador. Según las últimas modificaciones se podrá establecer en el contrato la obligación del vendedor de cargar la mercancía en el medio de transporte utilizado. Esta obligación se deberá establecer formalmente en el contrato.
Ex WORKS (EXW) significa que el vendedor entrega la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor o en otro lugar acordado e indicado (como una fábrica o un almacén, etc.).

En relación al momento de la entrega de la mercancía, el vendedor no tiene obligación de cargar la mercancía en ningún vehículo, ni tiene que despacharla para exportación, en caso de que dicho despacho sea necesario.

FCA (FRANCO TRANSPORTISTA)
INCOTERMS 2010 INCOTERMS 2020
Definición
El vendedor se compromete a entregar la mercancía en un punto acordado dentro del país de origen, que pueden ser los locales de un transitario, una estación ferroviaria... Se hace cargo de los costes hasta que la mercancía está situada en ese punto convenido; como la carga de la mercancía en el vehículo y la aduana en el país de origen. En el momento de la entrega de la mercancía al transportista el riesgo sobre la carga se transmite del vendedor al comprador.

Uso
Este término es polivalente y flexible, ya que permite entregar la mercancía en cualquier punto del país de origen y puede utilizarse con todos los medio de transporte. El FCA es un incoterm muy recomendable para el transporte multimodal. En transporte por carretera se puede utilizar tanto para carga completa como para grupaje. Sin embargo, para transporte marítimo existen Incoterms más apropiados: FAS para graneles y FOB para carga general.
 nuevo  FCA (Free Carrier) ahora permite emitir los Conocimientos de embarque (BLs) antes de la carga.

FREE CARRIER (FCA) significa que el vendedor entrega la mercancía al comprador de una de estas dos maneras:

• Una, cuando el lugar indicado es en las instalaciones del vendedor, la mercancía es entregada cuando es cargada en el transporte organizado por el comprador.

• Dos, cuando el lugar indicado es cualquier otro lugar, la mercancía es entregada, cuando cargada en el transporte organizado por el vendedor, se deja en dicho lugar, lista para ser descargada y a disposición de la naviera u otro transportista nominado por el comprador.

Cualquiera de los dos que sea elegido como lugar de entrega, ese lugar determina el lugar en el que se hará la transferencia de responsabilidad al comprador y el momento en que los costes pasan a ser asumidos por el comprador.

FAS (FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE)
INCOTERMS 2010 INCOTERMS 2020
Definición
El vendedor entrega la mercancía en el muelle del puerto. Los costes y riesgos en que incurra la mercancía son desde ese momento por cuenta del comprador. El vendedor realiza los trámites aduaneros necesarios para la exportación (en las versiones anteriores a INCOTERMS 2000, el despacho aduanero de la exportación era por cuenta del comprador).

El comprador contrata el transporte en barco y asume todos los costes posteriores a la entrega de la mercancía: la carga y estiba del buque, el flete, la descarga en el puerto de destino, los trámites de la aduana de importación, como parte de su precio de compra. Puede, si lo desea, contratar un seguro que cubra el riesgo durante el transporte en barco.

Uso
El incoterm FAS debe usarse solamente para transporte por barco, tanto en transporte marítimo como fluvial. Es el Incoterm adecuado para carga a granel ya que se deja la mercancía en el muelle al lado del buque, algo prácticamente imposible en el caso de carga paletizada o en contenedores.
FREE ALONGSIDE SHIP (FAS) significa que el vendedor entrega la mercancía al comprador cuando dicha mercancía se deja al costado del buque (en un muelle o en una barcaza, por ejemplo), en el lugar indicado por el comprador o cuando el vendedor dispone que la mercancía sea así entregada.

El riesgo de pérdida o daño de la mercancía se transfiere cuando la mercancía está costa bordo del buque, y el comprador asume todos los costes a partir de ese momento.

FOB (FRANCO A BORDO)
INCOTERMS 2010 INCOTERMS 2020
Definición
El vendedor entrega la mercancía en el momento en que la carga sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido; en ese momento se traspasan los riesgos de pérdida o daño de la mercancía del vendedor al comprador. El vendedor contrata el transporte principal, a través de un transitario o un consignatario, por cuenta del comprador. El vendedor también realiza los trámites aduaneros necesarios para la exportación. El comprador paga todos los costes posteriores a la entrega de la mercancía: el flete, la descarga en el puerto de destino, los trámites de la aduana de importación, como parte de su precio de compra. Puede, si lo desea, contratar un seguro que cubra el riesgo durante el transporte en barco.

Uso
El incoterm FOB debe usarse para transporte marítimo o fluvial. Si el transporte se realiza a través de diversos medios, se trata de transporte multimodal y existen otros términos más apropiados, como FCA. El incoterm FOB se utiliza para carga general, que no esté incluida en un contenedor; pueden utilizarse palés, bidones, cajas, fardos, etc. Los costos de las operaciones desde que la mercancía llega al puerto hasta que se carga en el buque se denominan «gastos FOB estrictos», y son los gastos de recepción, acarreo y carga. Los gastos de estiba suelen estar incluidos en el flete.
FREE ON BOARD (FOB) significa que el vendedor entrega la mercancía al comprador a bordo del buque elegido por el comprador en el puerto indicado o dispone que la mercancía sea así entregada.

El riesgo de pérdida o daño de la mercancía se transfiere cuando dicha mercancía está a bordo del buque y el comprador asume todos los costes a partir de ese momento.

CFR (COSTE Y FLETE)
INCOTERMS 2010 INCOTERMS 2020
Definición
El vendedor se hace cargo de los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino.
Los riesgos de pérdida o daño de la mercancía los asume el comprador en el país de origen cuando la mercancía ha sido cargada en el barco. Por eso, es recomendable que contrate un seguro durante el transporte principal.

Uso
Este incoterm CFR se debe utilizar exclusivamente para transporte por barco, ya sea marítimo o fluvial, de carga general o convencional. Si la carga está contenerizada, se trata más bien de transporte intermodal y el incoterm que debe usarse es CPT. Tampoco es lo más apropiado (aunque sí es compatible) utilizar CFR en el caso de graneles, donde se aplican de forma idónea los incoterms FAS o DEQ.
COST AND FREIGHT (CFR) significa que el vendedor entrega la mercancía al comprador a bordo del buque o dispone que la mercancía sea así entregada.

El riesgo de pérdida o daño de la mercancía se transfiere cuando dicha mercancía está a bordo del buque, de modo que se considera que el vendedor ha cumplido con su obligación de entregar la mercancía, independientemente de si la mercancía llega en buenas condiciones a su destino, en la cantidad indicada, o de si llega en absoluto.

En CFR, el vendedor no tiene obligación de contratar seguro para el comprador: es el comprador quien debería asegurarse de contratar un seguro por sí mismo.

CIF (COSTE, SEGURO Y FLETE)
INCOTERMS 2010 INCOTERMS 2020
Definición
El vendedor se hace cargo de todos los costos, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador. los riesgos de la mercancía los asume el comprador en el país de origen cuando la mercancía ha sido cargada en el barco.

Uso
El incoterm «CIF, puerto de destino convenido» ha sido uno de los más usados tradicionalemente. Sin embargo, su correcto uso se debe limitar al transporte por barco, ya sea marítimo o fluvial, de carga general; en el caso de los Ro-Ro o movimientos de contenedores internacionales, la carga está contenerizada, se trata más bien de transporte multimodal y el incoterm que debe usarse es CIP. Cuando un artículo se tasa CIF significa que el precio de venta incluye el coste de la mercancía, el del transporte así como el seguro marítimo; coincide con el valor en la aduana de importación de la mercancía.
COST INSURANCE AND FREIGHT (CIF) significa que el vendedor entrega la mercancía al comprador a bordo del buque o dispone que la mercancía sea así entregada.

El riesgo de pérdida o daño de la mercancía se transfiere cuando dicha mercancía está a bordo del buque, de modo que se considera que el vendedor ha cumplido con su obligación de entregar la mercancía, independientemente de si la mercancía llega en buenas condiciones a su destino, en la cantidad indicada, o de si llega en absoluto.

CIP (TRANSPORTE Y SEGURO PAGADOS)
INCOTERMS 2010 INCOTERMS 2020
Definición
El vendedor se hace cargo de los costes, incluso el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al punto de destino. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.

Uso
El incoterm CIP es comparable al término CIF, excepto que éste se debe utilizar exclusivamente para transporte por barco (tanto marítimo como fluvial) y el término CIP es polivalente. Además, se puede utilizar si la carga está contenerizada, en grupaje o en carga completa.
CARRIAGE AND INSURANCE PAID TO (CIP) significa que el vendedor entrega la mercancía, y transfiere la responsabilidad al comprador, dándosela al transportista contratado por el vendedor o disponiendo que dicha mercancía sea así entregada.

El vendedor puede hacerlo entregando al transportista físicamente la mercancía en la manera y lugar apropiados al medio de transporte utilizado.

Una vez que la mercancía ha sido entregada al comprador de esta forma, el vendedor no garantiza que la mercancía llegue en buenas condiciones a su destino, en la cantidad indicada, o simplemente que llegue. Esto es así, porque es riesgo se transfiere del vendedor al comprador cuando la mercancía es puesta a disposición del transportista; el vendedor debe, no obstante, contratar el transporte de la mercancía desde entrega al lugar acordado.

CPT (TRANSPORTE PAGADO HASTA)
INCOTERMS 2010 INCOTERMS 2020
Definición
El vendedor se hace cargo de los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al punto de destino. El vendedor es responsable del despacho aduanero de exportación. Los riesgos de pérdida o daño de la mercancía los asume el comprador en el país de origen cuando la mercancía ha sido entregada al transitario o transportista en el país de origen.

Uso
El término CPT se utiliza independientemente del modo de transporte (marítimo, aéreo, por ferrocarril, por carretera, intermodal y multimodal). Es más, como incoterm que pertence la grupo «C» se debe usar cuando un tramo del recorrido se realiza en barco porque los términos en «C» permiten transferir la propiedad de la carga durante la travesía, cuando el contrato de transporte se realiza bajo un conocimiento de embarque.
CARRIAGE PAID TO (CPT) significa que el vendedor entrega la mercancía, y transfiere la responsabilidad al comprador, dándosela al transportista contratado por el vendedor o disponiendo que dicha mercancía sea así entregada.

El vendedor puede disponer entregando a la naviera físicamente la mercancía en la manera y lugar apropiados al medio de transporte utilizado.

Una vez que la mercancía ha sido entregada al comprador de esta forma, el vendedor no garantiza que la mercancía llegue en buenas condiciones a su destino, en la cantidad indicada, o simplemente que llegue. Esto es así, porque la responsabilidad se transfiere del vendedor al comprador cuando la mercancía es puesta a disposición del transportista; el vendedor debe, no obstante, contratar el transporte de la mercancía desde entrega al lugar acordado.

DPU (ENTREGA Y DESCARGA EN LUGAR ACORDADO)  nuevo 
INCOTERMS 2010 INCOTERMS 2020
Definición
El incoterm DAT se utiliza para todos los tipos de transporte. Es uno de los dos nuevos Incoterms 2010 con DAP y reemplaza el incoterm DEQ.

El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio), hasta que la mercancía se coloca en la terminal definida. También asume los riesgos hasta ese momento.

El concepto terminal es bastante amplio e incluye terminales terrestres y marítimas, puertos, aeropuertos, zonas francas, etc.), por ello es importante que se especifique claramente el lugar de entrega de la mercancía y que este lugar coincida con el que se especifique en el contrato de transporte.
 nuevo  DAT (Delivered at Terminal) cambia el nombre a Delivered at Place Unloaded (DPU).

DELIVERED AT PLACE UNLOADED (DPU) significa que el vendedor entrega la mercancía, y transfiere la responsabilidad al comprador, cuando la mercancía, una vez descargada con los medios de transporte utilizados, son puestos a disposición del comprador en el lugar de destino indicado o en el lugar acordado, si lo hubiera.

El vendedor asume todos los riesgos que conlleva entregar la mercancía en el lugar de destino o en el lugar acordado. En este Incoterm, por tanto, entrega y llegada a destino son lo mismo.

DPU es el único Incoterm que requiere que el vendedor descargue la mercancía en destino. El vendedor debería por tanto asegurarse de que está en posición de organizar la descarga en el lugar indicado.

Si las partes implicadas pretenden que el vendedor no asuma la responsabilidad y el coste de la descarga, entonces, DPU debería ser evitado y en su lugar, se debería utilizar DAP.

DAP (ENTREGADO EN UN PUNTO)
INCOTERMS 2010 INCOTERMS 2020
Definición
El Incoterm DAP se utiliza para todos los tipos de transporte. Es uno de los dos nuevos Incoterms 2020 con DAT. Reemplaza los Incoterms DAF, DDU y DES.

El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio) pero no de los costes asociados a la importación, hasta que la mercancía se ponga a disposición del comprador en un vehículo listo para ser descargado. También asume los riesgos hasta ese momento.

Uso
Es un término polivalente, utilizable en cualquier modo de transporte. El vendedor transmite el riesgo una vez puesta la mercancía en el lugar designado. Las formalidades aduaneras de importación van a cargo del comprador. Este término permite situar el momento de entrega en un punto convenido en el país de destino, cuando este punto sea una terminal de transporte el término apropiado es el DAT.

Es ideal para régimen de carga completo ya que la desconsolidación de la unidad de carga se produce en los almacenes o fábrica del comprador.
DELIVERED AT PLACE (DAP) significa que el vendedor entrega la mercancía y transfiere la responsabilidad al comprador, cuando la mercancía se pone a disposición del comprador en los medios de transporte utilizados y preparados para su descarga en el lugar de destino indicado o en el lugar acordado, si lo hubiera.

El vendedor asume todos los riesgos que conlleva entregar la mercancía en el lugar de destino o en el lugar acordado. En este Incoterm, entrega y llegada a destino son lo mismo.

DDP (ENTREGADA, DERECHOS PAGADOS)
INCOTERMS 2010 INCOTERMS 2020
Definición
El vendedor paga todos los gastos hasta dejar la mercancía en el punto convenido en el país de destino. El comprador no realiza ningún tipo de trámite. Los gastos de aduana de importación son asumidos por el vendedor. Este término deberá usarse únicamente cuando la mercancía sea entregada, después de su transporte por cualquier modo, y descargada del medio de transporte sobre la terminal de carga del destino convenido.

Uso
Este término es ideal para el transporte de carga consolidada, ya que permite su desconsolidación en la terminal de transporte en el país de destino.
DELIVERED DUTY PAID (DDP) significa que el vendedor entrega la mercancía al comprador cuando dicha mercancía se pone a disposición del comprador, despachado para importación, en los medios de transporte utilizados, lista para descarga en el lugar de destino indicado o en el lugar acordado, si lo hubiera.

El vendedor asume todos los riesgos que conlleva entregar la mercancía en el lugar de destino indicado o en el lugar acordado. En este Incoterm, por tanto, entrega y llegada a destino son lo mismo.

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