COMERCIO
INTERNACIONAL: Aduanas
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El
comercio exterior se rige por el principio de libertad comercial y sólo
para algunas
mercancías se aplica una vigilancia estadística previa. Para determinar
el régimen comercial aplicable a cada producto es preciso conocer su partida
arancelaria
y su país de destino.
Clasificar arancelariamente una mercancía es asignarle uno de los códigos
de la
nomenclatura utilizada aplicando unas reglas precisas.
El Arancel de Aduanas está integrado por la nomenclatura arancelaria (compuesto
por capítulos, partidas y subpartidas) y la tarifa arancelaria (el gravamen asignado
a cada una de las partidas y subpartidas).
Basándose en la Nomenclatura Combinada y en el
arancel, la Comisión de la Comunidad Europea ha establecido un Arancel Integrado
de las Comunidades Europeas que incluye, además de la codificación de la nomenclatura
combinada, subdivisiones complementarias denomidas subpartidas necesarias para
la designación de aquellas mercancías que sean objeto de medidas específicas.
La identificación de las partidas y subpartidas se efectua por medio de un código
numérico de 11 cifras y una letra. La codificación es la utilizada para cumplimentar
el formulario DUA.
Derechos aduaneros, arancel |
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Es el gravamen que ha de pagar un importador
para introducir una mercancía en su territorio. Tiene una doble finalidad: recaudatoria
y protectora. Las aduanas se encargan de aplicar los aranceles en las operaciones
de comercio exterior. Un producto es objeto de dumping, cuando su precio
de exportación hacia un país es inferior al valor normal de un producto similar.
El valor normal que se toma en consideración, es el precio comercial en el país
de origen (el precio interior). |
Legislación vigente europea |
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Reglamento 384/96, del Consejo, de 22 de diciembre
de 1995, sobre importaciones objeto de dumping (DOCE L 56 6.3.96). Decisión 2277/96/CECA,
de la Comisión, de 28 de noviembre de 1996, sobre importaciones objeto de dumping
en productos CECA (DOCE L 308 29.11.96). Reglamento 3284/94, del Consejo, de 22
de diciembre de 1994, sobre defensa contra importaciones subvencionadas (DOCE
L 349 31.12.94). |
Puerto franco |
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Es un territorio que goza de exenciones y bonificaciones
de derechos aduaneros. Se pueden cargar y descargar mercancías. En España: Ceuta,
Melilla y Canarias. |
Depósito aduanero |
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Son unos recintos, bajo el control de la Aduana,
en el que las mercancías no abonan derechos de importación. Se usan sobre todo
cuando un importador no sabe cuál será el destino final de la importación. Se
permiten las mismas operaciones que en las Zonas Francas. En España, el tiempo
máximo que una mercancía puede estar en un Depósito Aduanero es de cinco años. |
Zona franca |
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Cualquier enclave nacional creado por las autoridades
competentes de cada Estado Miembro de la UE con el fin de considerar las mercancías
que allí se encuentren como si no estuvieran en territorio aduanero de la Comunidad
para la aplicación de los derechos aduaneros, restricciones y cualquier otro impuesto.
En las Zonas Francas se admiten mercancías de cualquier tipo, cantidad, país de
origen o de destino.
Un contingente es la eventual limitación para exportar o importar una determinada
cantidad, o durante un tiempo determinado, una mercancía. Existen tres tipos de
contingentes:
1. Arancelario: Durante un período de tiempo las exportaciones o las importaciones,
no están gravadas por los aranceles aduaneros.
2. Cuantitativo:
Cuando se prohibe exportar o importar:
- Una determinada cantidad de mercancía, o
- Durante un tiempo determinado un tipo de mercancía, o
- Ambas prohibiciones juntas.
3. Límite máximo arancelario [PLAFOND]: Es una combinación
de las dos anteriores. |
Suspensiones arancelarias |
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Es un territorio que goza de exenciones y bonificaciones
de derechos aduaneros. Se pueden cargar y descargar mercancías. En España: Ceuta,
Melilla y Canarias. |
Sistema
armonizado de designación y codificación de mercancías
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Es un sistema de codificación para identificar
todas las mercancías y satisfacer las necesidades del comercio internacional.
El Código Aduanero Comunitario, vigente desde el 1-1-1994, define que es obligación
de todo transportista que introduzca mercancías en el territorio aduanero comunitario,
presentar las mismas ante la autoridad aduanera, así como realizar una Declaración
Sumaria o Manifiesto, que es una lista de las mercancías descargadas. Hay que
resaltar que este documento no es el Packing List.
La mercancía queda bajo control aduanero, en espera de recibir un destino, esta
situación se conoce con el nombre de Depósito temporal. |
Países
independientes miembros del S.G.P. |
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El S.G.P. (Sistema Generalizado de Preferencias)
es un instrumento autónomo de política comercial, orientado al desarrollo.
Su finalidad consiste en ofrecer a los países en vías de desarrollo
un arancel aduanero preferencial en relación con los países desarrollados,
facilitando de este modo el acceso de sus exportaciones al mercado comunitario.
EUROPA OCCIDENTAL
(070) Albania, (072) Ucrania, (073) Bielorrusia, (074) Moldavia, (075) Rusia,
(076) Georgia, (077) Armenia, (079) Kazajstán, (080) Turkmenistán, (081) Uzbekistán,
(082) Tayikistán, (083) Kirguizistán,
ÁFRICA
(204) Marruecos, (208) Argelia, (212) Túnez, (216) Libia (*), (220) Egipto, (224)
Sudán (2), (228) Mauritania (2), (232) Malí (2), (236) Burkina Faso(2), (240)
Níger (2), (244) Chad (2), (247) República de Cabo Verde (2), (248) Senegal, (252)
Gambia (2), (257) Guinea-Bissau (2), (260) Guinea (2), (264) Sierra Leona (2),
(268) Liberia (2), (272) Costa de Marfil, (276) Ghana, (280) Togo (2), (284) Benín
(2), (288) Nigeria, (302) Camerún, (306) República Centroafricana (2), (310) Guinea
Ecuatorial (2), (311) Santo Tomé y Príncipe (2), (314) Gabón, (318) Congo, (322)
Zaire (2), (324) Ruanda (2), (328) Burundi (2), (330) Angola, (334) Etiopía (2),
(336) Eritrea, (338) Yibuti (2), (342) Somalia (2), (346) Kenia, 350) Uganda (2),
(352) Tanzania (2), (355) Seychelles y dependencias, (366) Mozambique (2), (370)
Madagascar (2), (373) Mauricio, (375) Comores (2), (378) Zambia (2), (382) Zimbabue,
(386) Malaui (2), (388) Sudáfrica, (389) Namibia, (391) Botsuana (2), (393) Suazilandia,
(395) Lesotho (2),
AMÉRICA CENTRAL Y CARIBE
(412) México, (416) Guatemala, (421) Belice, (424) Honduras, (428) El Salvador,
(432) Nicaragua, (436) Costa Rica, (442) Panamá, (448) Cuba, (449) San Cristóbal
y Nieves, (452) Haití (2), (453) Bahamas, (456) República Dominicana, (459) Antigua
y Barbuda, (460) Dominica, (464) Jamaica, (465) Santa Lucía, (467) San Vicente,
(469) Barbados, (472) Trinidad y Tobago, (473) Granada,
AMÉRICA DEL SUR
(480) Colombia (3), (484) Venezuela (3), (488) Guayana, (492) Surinam, (500) Ecuador
(3), (504) Perú (3), (508) Brasil, (512) Chile, (516) Bolivia (3), (520) Paraguay,
(524) Uruguay,
ASIA / PACÍFICO
(664) India, (666) Bangladesh (2), (667) Maldivas (2), (669) Sri Lanka, (672)
Nepal (2), (675) Bután (2), (676) Birmania (Myanmar) (2), (680) Tailandia, (684)
Laos (2), (690) Vietnam, (696) Kampuchea (2), (700) Indonesia, (701) Malasia,
(703) Brunei (*), (706) Singapur (*), (708) Filipinas, (716) Mongolia, (720) China,
(728) Corea del Sur (*), (801) Papúa Nueva Guinea, (803) Nauru (*), (806) Islas
Salomón (2), (807) Tuvalu (2), (812) Kiribati (2), (815) Fiyi, (816) Vanuatu (2),
(817) Tonga (2), (819) Samoa Occidental (2), (823) Estados Federales de Micronesia,
(824) República de las Islas Marshall, (825) Palau |
Terriorios
dependientes miembros del S.G.P. |
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(044) Gibraltar, (329) Santa Elena y Dependencias,
(357) territorio Británico Océnao Índico, (377) Mayotte, (406) Groenlandia, (408)
San pedro y Miquelón, (413) Bermudas, (Anguila, (454) Islas Turcas y Caicos, (457)
Islas Vírgenes de USA, (461) Islas Vírgenes Británicas, (463) Islas Caimán, (473)
Macao, (474) Aruba, (478) Antillas Holandesas, (529) Islas Fakland y Dependencias,
(740) Hong Kong (*), (802) Oceanías Australiana, (809) Nueva Caledonia, (810)
Oceanías Americana, (811) Islas Wallis y Futuna, (813) Islas Pitcairn, (814) Oceanía
Neozelandesa, (822) Polineasi Francesa, (890) Regiones polares |
NOTA: El valor en
aduana de una mercancía determina la base para la aplicación de los aranceles
(Ad Valorem).
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